Partidas de Nacimiento, Matrimonio y Defunción

Se solicita a través de un impreso que se facilita en el Juzgado de Paz.

Fe de Vida y Estado

Se solicita a través de un impreso que se facilita en el Juzgado de Paz.

Documentación necesaria:

  • D.N.I. o Pasaporte del interesado.
  • Si lo solicita en nombre de otra persona, además del D.N.I. de ambos, deberá adjuntarse un volante médico (o certificado) en el que conste la imposibilidad física por enfermedad, invalidez, etc. que impide al interesado personarse en el Registro Civil.

Certificación en extracto de inscripción de nacimiento para obtener el D.N.I.

Documentación necesaria:

  • Libro de Familia en el que está inscrito el interesado.

Documentación necesaria para inscribir un nacimiento

  • Parte de alumbramiento.
  • Hoja de estadística.
  • Certificado de empadronamiento de los padres.
  • Certificado del Hospital donde ocurrió el parto, que acredite que no se ha promovido la inscripción por dicho Centro Hospitalario.
  • Libro de Familia.
  • Fotocopia del D.N.I., pasaporte, NIE de los padres.

Además:

  • Para ciudadanos marroquíes: Certificado consular sobre la admisión del nombre a imponer.
  • Para ciudadanos de los países del Este: Certificado consular sobre apellidos a imponer.
  • Para padres solteros: Acta de reconocimiento y consentimiento de paternidad.
  • Si alguno de los padres son separados o divorciados: Fotocopia de la sentencia de separación o divorcio.
  • Madre viuda: Certificado de matrimonio y defunción.

Documentación necesaria para inscribir una defunción

  • Fotocopia del D.N.I. de la persona fallecida.
  • Certificado médico de defunción.
  • Cuestionario para la declaración de defunción.
  • Hoja de estadística.

Documentación necesaria para contraer matrimonio civil:

Tramitación: ante el Registro Civil de su domicilio

DEBERÁN PRESENTAR:

1. Certificación LITERAL DE NACIMIENTO de AMBOS, expedida por el Registro Civil correspondiente al lugar de su nacimiento. La de extranjeros podrán solicitarla a través de su consulado.

2. DECLARACIÓN JURADA sobre el estado civil de los mismos, que se les entrega en el Registro Civil donde presenten la documentación. Cada uno firma su declaración.

3. CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO, de su lugar de residencia, de donde hayan vivido los dos últimos años, y lo piden EN SU AYUNTAMIENTO. Si han vivido en dos lugares diferentes durante los dos últimos años, deben aportar empadronamientos de los dos lugares.

4. INSTANCIA, que se les dará en el Registro Civil donde presenten la documentación.

5. FOTOCOPIA del D.N.I.

Para divorciados:

  • CERTIFICACIÓN LITERAL de su matrimonio, donde conste la anotación marginal del divorcio. La simple sentencia de divorcio no basta y hay que traer la antedicha certificación.

Para viudos:

  • CERTIFICACIÓN LITERAL de su anterior matrimonio.
  • CERTFICACIÓN LITERAL DE DEFUNCIÓN de su anterior cónyuge.

Para extranjeros:

1. CERTIFICACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN CONSULAR DEL INTERESADO.

2. CERTIFICACIÓN CONSULAR QUE ACREDITE SU DOMICILIO, en caso de no poder aportar certificado de empadronamiento, o que éste no comprenda lo dos años anteriores, ya que en este último caso se deberá aportar los dos certificados.

3. CERTIFICACIÓN CONSULAR que acredite SI SU LEY PERSONAL les exige la publicación de edictos, para contraer matrimonio civil en España. Si su ley personal nada indica, en la certificación constará ese extremo.


Lugar: 2ª planta del Ayuntamiento en Plaza Mayor 1.
Horario: De lunes a jueves de 14:00 a 15:00 h.
Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

Descargar Impreso Solicitud de Certificados (PDF)

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