PRESTACIONES TÉCNICAS:
- Información de los recursos sociales disponibles y del derecho de acceso a los mismos.
- Valoración individualizada de la situación y de las capacidades de la persona.
- Orientación hacia los medios más adecuados para responder a las necesidades y demandas planteadas.
- Asesoramiento, apoyo y acompañamiento social a personas o grupos para la superación de situaciones problemáticas.
- Intervención social o psicológica o sociológica para la adquisición o recuperación de funciones y habilidades personales y sociales que faciliten la integración y la convivencia social y familiar.


Tramitación de:
- Título de familia numerosa.
- Certificado de discapacidad de la comunidad de Madrid.
- Solicitudes de vivienda de protección oficial cupo de especial necesidad.


PRESTACIONES MATERIALES:

- ATENCION DOMICILIARIA Y TELEASISTENCIA:

Consistente en un conjunto de atenciones a personas mayores, personas con discapacidad o familias en su propio domicilio para facilitar su desenvolvimiento y permanencia en su entorno habitual.

Instalación en el domicilio de personas mayores y personas con discapacidad de un equipo de tele-asistencia para prevenir situaciones de riesgo.

- TRAMITACION DE PLAZAS EN RESIDENCIA PARA PERSONAS MAYORES:

Estancias temporales por descanso familiar, vacaciones de las personas que cuidan al mayor habitualmente, recuperación tras intervención quirúrgica etc...

Estancias definitivas en residencias de la red de Centros de la Comunidad de Madrid en régimen de financiación total o parcial.


- TRAMITACION DE PLAZAS EN CENTROS DE DIA DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA PERSONAS MAYORES.

- TRAMITACION DE PLAZAS EN CENTROS DE ACOGIDA PARA MENORES EN SITUACION DE DESAMPARO.

- TRAMITACION DE INSTALACION GRATUITA DE TELEFONO PARA PERSONAS MAYORES:
Según convocatoria anual de la Comunidad de Madrid.

- AYUDAS INSTRUMENTALES PARA PERMITIR MANTENER LA AUTONOMIA DE LA PERSONA EN SU MEDIO.


PRESTACIONES ECONÓMICAS:

- Renta mínima de Inserción, a la que tendrán derecho todas aquellas personas que cumplan los requisitos establecidos en la Ley 15/2001 de 27 de Diciembre de Renta Mínima de Inserción de la Comunidad de Madrid.

- PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS DE INVALIDEZ Y JUBILACION, a las que tendrán derecho todas las personas que cumplan los requisitos establecidos en la Ley de Pensiones No Contributivas de 26/1990 de 20 de diciembre.

- AYUDAS DE EMERGENCIA SOCIAL, de carácter extraordinario y no periódico para personas o familias que reúnan los requisitos establecidos.

- AYUDAS PARA LA CONVIVENCIA NORMALIZADA DE MENORES Orden 2700/96. Ayudas que tienen los siguientes objetivos:

- Evitar la institucionalización innecesaria de menores.
- Apoyar el retorno de los menores en situación de institucionalización al domicilio familiar.
- Prevenir situaciones de riesgo social o desamparo.
- Apoyar los acogimientos familiares.


CONDICIONES PARA EL ACCESO Y DISFRUTE DE LAS PRESTACIONES

- Las prestaciones técnicas serán universales y gratuitas para toda la población.

- La concesión de prestaciones económicas requerirá la demostración previa de que se reúnen los requisitos establecidos reglamentariamente para percibirlas.

- Las prestaciones materiales deberán estar indicadas previamente como recurso idóneo para atender la necesidad de que se trate, y su disfrute podrá someterse a condición o participación en su coste.

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